Actividades culturales y de ocio
FASE 0. Apertura de librerías de comercio minorista y archivos.
FASE I. Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo); actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo); actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria); museos (solo visitas, no actividades culturales) 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas; turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas; producción audiovisual y rodaje de cine y series.
FASE II. Cines, teatros, auditorios y espacios similares (con butaca pre-asignada) con una limitación de aforo de 1/3; monumentos y otros equipamientos culturales (solo visitas; no actividades culturales) 1/3 aforo; salas de exposiciones, salas de conferencias y salas multiuso 1/3 aforo, con control de aglomeraciones; actos y espectáculos culturales de menos de 50 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo); actos y espectáculos culturales y de ocio al aire libre de menos de 400 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria); turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas.
FASE III. Las actividades con 1/3 de aforo en fase II podrán pasar a 1/2 de aforo en esta fase; salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de 1/3; actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo); plazas, recintos e instalaciones taurinas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9 m2; actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria); turismo activo y de naturaleza; playas, en condiciones de seguridad y distanciamiento.
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